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Cumplimiento

EUDR: cómo geolocalizar parcelas de madera y explotaciones de vacuno antes del 30 de diciembre de 2026

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FormRiftFormRift Team
13 min de lectura

A partir del 30 de diciembre de 2026, la madera y el ganado bovino que se comercialicen en la UE deben poder vincularse a la parcela exacta de la que proceden. El Reglamento europeo de deforestación (EUDR) exige las coordenadas de geolocalización de cada parcela, recogidas antes de la venta. Para propietarios forestales, empresas de aprovechamiento y aserraderos, también los pequeños, esa fecha no se ha movido.

¿Qué es el EUDR?

El EUDR, Reglamento (UE) 2023/1115, prohíbe comercializar en la UE, o exportar, productos derivados de siete materias primas si no están libres de deforestación, producidos legalmente y cubiertos por la diligencia debida. Esas materias primas son el ganado bovino, el cacao, el café, la palma aceitera, el caucho, la soja y la madera. Libre de deforestación significa producido en tierras que no fueron deforestadas después del 31 de diciembre de 2020.

Dos reglamentos de modificación, (UE) 2024/3234 y (UE) 2025/2650, aplazaron su aplicación y simplificaron el texto. La modificación de 2025 eliminó la declaración de diligencia debida (DDD) para los operadores posteriores y creó una declaración única para los productores más pequeños. En mayo de 2026, el informe de la Comisión (COM(2026) 191) concluyó que no procedía modificar de nuevo el texto de base.

Un reglamento delegado publicado el 17 de septiembre de 2026, el (UE) 2026/2102, ajustó después la lista de productos: los cueros y pieles de bovino quedan fuera, y algunos productos entran a partir del 30 de diciembre de 2027.

¿Cuándo se aplica el EUDR a la madera y al ganado bovino?

  • 30 de diciembre de 2026: grandes y medianos operadores y comerciantes, para todos los productos incluidos.
  • 30 de diciembre de 2026: también micro y pequeños operadores, para los productos de madera ya cubiertos por el Reglamento de la Madera de la UE (EUTR): troncos, madera aserrada, leña y astillas, tableros y contrachapados, pasta y papel, muebles de madera.
  • 30 de junio de 2027: micro y pequeños operadores establecidos a 31 de diciembre de 2024, para los productos fuera del antiguo EUTR, incluidos el ganado bovino vivo y la carne de vacuno.
  • 30 de diciembre de 2027: productos añadidos por el Reglamento Delegado (UE) 2026/2102.

La segunda línea es la que casi todos los resúmenes pasan por alto. El artículo 38, apartado 3, concede la fecha de junio de 2027 «excepto en lo que respecta a los productos contemplados en el anexo del Reglamento (UE) n.º 995/2010», es decir, el EUTR. Un pequeño aserradero o una empresa de leña que ya aplica la diligencia debida del EUTR mantiene el 30 de diciembre de 2026. El EUDR sustituye al EUTR, que queda derogado ese mismo día. Compruebe el anexo del EUTR con sus propios códigos SA.

¿Quién es el operador en una cadena de madera o de vacuno?

El operador es la persona o empresa que comercializa un producto por primera vez en el mercado de la UE, o que lo exporta. Todos los que vienen después son operadores posteriores o comerciantes. En una cadena de madera nacional, el operador puede ser el propietario que vende la madera apeada, la empresa de aprovechamiento o el aserradero, según quién la comercialice primero. Las preguntas frecuentes de la Comisión sobre el EUDR detallan los casos concretos.

Desde la modificación de 2025, los operadores posteriores y los comerciantes ya no presentan DDD. Aun así, deben conservar el nombre, la dirección postal, el correo electrónico y la web de sus proveedores y clientes, además de los números de referencia recibidos de los operadores, durante al menos cinco años (artículo 5).

¿Qué significa geolocalización en el EUDR?

El artículo 2, punto 28, define la geolocalización como la latitud y la longitud de una parcela, con al menos un punto y al menos seis decimales. Seis decimales equivalen a una precisión de unos diez centímetros, así que una ubicación leída en un mapa de papel o escrita de memoria no sirve.

  • Parcelas de 4 hectáreas o menos: basta un solo punto.
  • Parcelas de más de 4 hectáreas: un polígono con puntos suficientes para describir el perímetro, para todas las materias primas salvo el ganado bovino.
  • Ganado bovino: un punto por cada establecimiento donde estuvieron los animales. Sin polígonos.

Una «parcela» es un terreno dentro de una única propiedad inmobiliaria, reconocida por la legislación del país de producción, con condiciones lo bastante homogéneas para evaluar el riesgo de deforestación en su conjunto (artículo 2, punto 27).

En el sistema de información de la UE, el GeoJSON es el único formato de archivo admitido, en WGS-84 (EPSG:4326), con la longitud antes que la latitud. Los polígonos deben estar cerrados, tener al menos cuatro pares de coordenadas y no cruzarse. Los archivos cuentan dentro de un límite de 25 MB por declaración. Las coordenadas también pueden escribirse a mano o dibujarse sobre un mapa en el propio sistema.

Pequeños productores: la declaración simplificada única

La modificación de 2025 añadió el artículo 4 bis para los micro y pequeños operadores primarios. Son personas físicas o micro y pequeñas empresas establecidas en un país de riesgo bajo que comercializan productos que ellas mismas han cultivado, cosechado o criado en sus propias parcelas o establecimientos de ese país. España y Francia están clasificadas como países de riesgo bajo (Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1093).

En lugar de una DDD por cada envío, presentan una declaración simplificada única y reciben un identificador de declaración. Incluye su nombre y dirección, el código SA y una cantidad anual estimada, el país de producción y la geolocalización de todas las parcelas o establecimientos. El artículo 4 bis, apartado 5, permite sustituir la geolocalización por la dirección postal de las parcelas, siempre que corresponda claramente a su ubicación. Las preguntas frecuentes de la Comisión aceptan también la referencia catastral. La dirección de una sede administrativa no sirve.

Tres matices. La declaración sustituye a la DDD, no a la obligación: la información del artículo 9 sigue teniendo que recogerse y conservarse. Si esa información ya figura en una base de datos nacional, no hace falta declaración (artículo 4 bis, apartado 4): pregunte a la autoridad competente si es su caso. Y una cooperativa que comercializa la madera o el ganado de sus socios no puede acogerse en su nombre, aunque sí actuar como su representante autorizado.

¿Qué hay que registrar para cada lote?

El artículo 9, apartado 1, enumera lo que el operador debe recoger y conservar durante cinco años desde la comercialización o la exportación:

  • La descripción y el nombre comercial del producto; para la madera, el nombre común y científico de la especie
  • La cantidad, en masa neta y, cuando proceda, en unidad suplementaria
  • El país de producción y, si procede, la región
  • La geolocalización de todas las parcelas, con la fecha o el periodo de producción
  • El nombre, la dirección postal y el correo electrónico del proveedor y del cliente
  • Información concluyente y verificable de que el producto está libre de deforestación
  • Pruebas de que la producción cumple la legislación del país de producción

En un país de riesgo bajo como España o Francia, la diligencia debida simplificada (artículo 13) elimina la evaluación y la reducción del riesgo. No elimina la geolocalización. Las preguntas frecuentes de la Comisión lo dicen claramente: no hay ninguna excepción al requisito de trazabilidad mediante geolocalización. El operador debe seguir comprobando el riesgo de elusión o de mezcla con productos de origen desconocido.

Cómo tomar la geolocalización de las parcelas en campo

Las preguntas frecuentes de la Comisión recuerdan que las coordenadas pueden tomarse con un teléfono móvil o un receptor GNSS de mano, que «no requieren cobertura de red móvil, solo una buena señal GNSS». Eso es clave en el monte y en los pastos de altura, donde a menudo no hay red pero los satélites siguen ahí. Bajo una cubierta densa, la precisión baja: tome la lectura desde un claro, una pista o un cargadero siempre que pueda, y anótelo.

  1. Asigne a cada parcela un identificador estable que coincida con su referencia catastral o de su plan de gestión forestal.
  2. Tome las coordenadas in situ, con seis decimales, y en las parcelas de más de 4 hectáreas, los puntos del perímetro necesarios para el polígono.
  3. Adjunte las pruebas en el mismo momento: fotos de la masa o del pasto, fecha, operario, y el aprovechamiento o el movimiento de animales al que corresponde.
  4. Vincule las parcelas a los lotes. Cada carga, pila o lote de animales debe llevar los identificadores de sus parcelas de origen, para que la trazabilidad se mantenga cuando los productos se mezclan.
  5. Prepare y revise el GeoJSON antes de presentarlo: longitud primero, polígonos cerrados, y una comprobación rápida sobre un mapa.
  6. Conserve todo durante cinco años, con su historial: quién registró qué, cuándo y dónde.

FormRift cubre los pasos 2 a 4 donde no hay red. Sus equipos registran cada visita a parcela en el móvil, con coordenadas GPS, fotos, fecha y hora, y firma, incluso sin cobertura, y los datos se sincronizan en cuanto vuelve la red. Cada registro alimenta una trazabilidad completa, y los datos se exportan en CSV para su herramienta cartográfica. FormRift no presenta declaraciones en el sistema de información de la UE: conserva las pruebas de campo en las que se apoyan. Vea las funcionalidades y su uso para equipos agrícolas y forestales.

¿Qué sanciones hay?

Los Estados miembros fijan las sanciones, dentro de los límites del artículo 25. Para las personas jurídicas, la multa máxima debe ser de al menos el 4 % del volumen de negocios anual total en la UE. Las autoridades también pueden decomisar los productos y los ingresos obtenidos, excluir a la empresa de la contratación pública y de la financiación pública durante un máximo de 12 meses y, ante infracciones graves o reiteradas, prohibirle temporalmente comercializar productos.

En España, la autoridad competente es el MITECO, junto con la autoridad que ha designado cada comunidad autónoma. En Francia, es una autoridad conjunta de los ministerios de transición ecológica y de agricultura.

Lista de comprobación antes del 30 de diciembre de 2026

  1. Confirme su fecha. Madera incluida en el antiguo EUTR: 30 de diciembre de 2026, sea cual sea su tamaño.
  2. Defina su papel: operador, operador posterior o comerciante.
  3. Si es micro o pequeño operador primario, prepare la declaración simplificada única, con las direcciones postales o referencias catastrales de sus parcelas.
  4. Cartografíe sus parcelas con un identificador y coordenadas de seis decimales, y polígonos por encima de 4 hectáreas.
  5. Organice la toma de datos en campo de forma que cada parcela quede vinculada a los lotes que abastece.
  6. Regístrese en el sistema de información de la UE si es operador, u operador posterior o comerciante que no sea pyme.
  7. Prevea un archivo de cinco años que conserve la fecha, la hora y la posición originales de cada registro.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se aplica el EUDR?

El EUDR se aplica desde el 30 de diciembre de 2026 a los grandes y medianos operadores y comerciantes. Los micro y pequeños operadores establecidos a 31 de diciembre de 2024 tienen hasta el 30 de junio de 2027, salvo para los productos de madera ya cubiertos por el EUTR, donde el 30 de diciembre de 2026 vale para todos. Los productos añadidos en 2026 siguen el 30 de diciembre de 2027.

¿Tienen los pequeños propietarios forestales y aserraderos hasta junio de 2027?

No para la mayor parte de la madera. El artículo 38, apartado 3, excluye de la fecha de junio de 2027 los productos del antiguo EUTR: troncos, madera aserrada, leña, tableros, pasta, papel y muebles de madera. Un pequeño propietario o aserradero que comercialice esos productos debe cumplir desde el 30 de diciembre de 2026, aunque puede usar la declaración simplificada única.

¿Basta una dirección postal en lugar de coordenadas GPS?

Solo para los micro y pequeños operadores primarios que presentan la declaración simplificada única del artículo 4 bis. Pueden indicar la dirección postal de sus parcelas o de su establecimiento si corresponde claramente a la ubicación, y la Comisión acepta también la referencia catastral. Todos los demás deben aportar coordenadas con seis decimales, y polígonos por encima de cuatro hectáreas.

¿El riesgo bajo de España y Francia exime de la geolocalización?

No. España y Francia están clasificadas como de riesgo bajo, lo que permite la diligencia debida simplificada del artículo 13, sin evaluación ni reducción del riesgo. La geolocalización se mantiene: la Comisión deja claro que no hay excepción al requisito de trazabilidad mediante geolocalización. El operador también debe comprobar el riesgo de elusión o de mezcla.

¿Qué formato de archivo acepta el sistema de información de la UE?

El GeoJSON es el único formato de archivo admitido, con coordenadas WGS-84 (EPSG:4326) y la longitud antes que la latitud. Los polígonos deben estar cerrados y tener al menos cuatro pares de coordenadas. Los archivos cuentan dentro de un límite de 25 MB por declaración. Las coordenadas también pueden escribirse a mano o dibujarse sobre un mapa en el sistema.

¿Sigue el cuero incluido en el EUDR?

No. El Reglamento Delegado (UE) 2026/2102, en vigor desde el 18 de septiembre de 2026, retiró los cueros y pieles de bovino del anexo del EUDR. El ganado bovino vivo, la carne de vacuno, los despojos y los preparados de carne siguen incluidos. El mismo texto limita el ganado vivo al género Bos y añade las lenguas de bovino congeladas a partir del 30 de diciembre de 2027.

¿Se pueden tomar las coordenadas de las parcelas sin conexión?

Sí. El posicionamiento por satélite no depende de la red móvil: la Comisión recuerda que teléfonos y receptores GNSS solo necesitan una buena señal GNSS. Lo que requiere cuidado es el resto del registro, es decir, fotos, fecha y hora, identificador de parcela y lote, que deben tomarse juntos in situ y sincronizarse después, en lugar de copiarse de notas.

¿Cuánto tiempo hay que conservar los registros del EUDR?

Al menos cinco años. El operador conserva la información del artículo 9 y su documentación de diligencia debida durante cinco años desde la comercialización o la exportación. Los operadores posteriores y los comerciantes conservan los datos de proveedores y clientes el mismo tiempo (artículo 5, apartado 4). Prevea un archivo que mantenga la fecha, la hora y la posición originales.

En resumen

El EUDR hace una sola pregunta a cada carga de madera y a cada animal: ¿de dónde viene exactamente? A partir del 30 de diciembre de 2026, la respuesta tiene que ser una coordenada, tomada antes de la venta y conservada cinco años. Regístrela donde se hace el trabajo, adjunte las pruebas y vincúlela al lote. Si además lleva un registro de tratamientos, la misma lógica se aplica al registro electrónico de tratamientos fitosanitarios de 2027.

Así, las inspecciones, auditorías y reportes se apoyan en registros que se sostienen, sobre una base de simplicidad, trazabilidad y seguridad.

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