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Cumplimiento

Control de fugas de gases fluorados en enfriadoras, refrigeración y bombas de calor: quién controla, con qué periodicidad y qué cambió en 2026

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FormRiftFormRift Team
20 min de lectura

Las enfriadoras, las cámaras frigoríficas, la refrigeración de supermercados, la climatización de edificios y las bombas de calor con 5 t CO2 eq o más de HFC deben pasar un control de fugas, hecho por un técnico certificado, al menos cada 12, 6 o 3 meses según su carga. El operador deja constancia de cada control en el registro. El 23 de julio de 2026, la UE derogó el Reglamento (CE) n.º 1516/2007, el texto que describía cómo se controlan las fugas de los equipos fijos, y no lo reemplazó por ningún otro. La obligación de controlar se mantiene, pero la UE ya no fija el método.

Este artículo repasa las normas de la UE para los equipos fijos según el Reglamento (UE) 2024/573: qué equipos entran, con qué periodicidad se controlan, quién puede hacer el control, cómo es un control bien hecho y qué fechas de 2026 y 2027 afectan a enfriadoras, climatización y bombas de calor. Gran Bretaña aplica otras normas, que se tratan en su propia sección más abajo.

¿Qué equipos fijos necesitan control de fugas de gases fluorados?

El artículo 5, apartado 2, del Reglamento (UE) 2024/573 enumera los equipos fijos afectados: refrigeración, aire acondicionado, bombas de calor, protección contra incendios, ciclos orgánicos de Rankine y aparamenta eléctrica. En la práctica, eso abarca enfriadoras, cámaras y almacenes frigoríficos, la refrigeración de supermercados y de la industria alimentaria, los equipos rooftop y split de oficinas y comercios, y las bombas de calor del sector terciario.

El artículo 5, apartado 1, fija el umbral. Un equipo necesita control de fugas si contiene 5 t CO2 eq o más de gases del anexo I (los HFC), o 1 kg o más de gases de la sección 1 del anexo II (sobre todo HFO), salvo en espumas. Quedan exentos los equipos sellados herméticamente y etiquetados como tales:

  • Por debajo de 10 t CO2 eq de gases del anexo I, o de 2 kg de gases del anexo II.
  • En edificios residenciales, por debajo de 3 kg de gas fluorado, siempre que el equipo esté etiquetado como sellado herméticamente.

Para pasar una carga a t CO2 eq, se multiplican los kilos por el potencial de calentamiento atmosférico (PCA) del gas y se divide entre 1.000. Según el anexo I, el HFC-134a (R-134a) tiene un PCA de 1.430, de modo que 5 t CO2 eq son unos 3,5 kg de R-134a. El HFC-32 (R-32), habitual en los equipos split y las bombas de calor más recientes, tiene un PCA de 675, así que su umbral de 5 t CO2 eq ronda los 7,4 kg. Lea la carga en la placa de características y haga la cuenta equipo por equipo. Las mezclas se calculan a partir de sus componentes, así que tome la cifra en CO2 eq de la etiqueta y no de una tabla de PCA antigua.

¿Con qué periodicidad hay que controlar las fugas de enfriadoras y equipos de refrigeración?

El artículo 5, apartado 6, fija la frecuencia mínima según la carga. Cada tramo es un «al menos cada», y el intervalo más largo se aplica cuando el equipo tiene un sistema de detección de fugas:

  • Menos de 50 t CO2 eq (o menos de 10 kg de gases del anexo II): cada 12 meses, o cada 24 meses con un sistema de detección de fugas.
  • De 50 a menos de 500 t CO2 eq (o de 10 a menos de 100 kg): cada 6 meses, o cada 12 meses con un sistema de detección de fugas.
  • 500 t CO2 eq o más (o 100 kg o más): cada 3 meses, o cada 6 meses con un sistema de detección de fugas.

Un ejemplo: una enfriadora con 100 kg de R-134a lleva 143 t CO2 eq, así que necesita un control al menos cada 6 meses. Una enfriadora grande o una central frigorífica de supermercado con 350 kg de R-134a llega a 500 t CO2 eq. A partir de ese tamaño, el artículo 6, apartado 1, hace obligatorio un sistema de detección de fugas en la refrigeración, la climatización, las bombas de calor y la protección contra incendios. El sistema debe avisar al operador o a una empresa de mantenimiento de cualquier fuga, y a su vez debe revisarse al menos una vez cada 12 meses (artículo 6, apartado 3). Con él los controles se espacian, pero no desaparecen.

¿Quién puede hacer el control de fugas de un equipo fijo?

En la refrigeración, la climatización, las bombas de calor, la protección contra incendios y los ciclos orgánicos de Rankine fijos, el artículo 5, apartado 3, exige que los controles los hagan personas físicas certificadas conforme al artículo 10. La certificación de empresa del artículo 10, apartado 2, cubre la instalación, el mantenimiento, la reparación y el desmantelamiento, pero no el control de fugas, que sigue siendo cosa de la persona. Si contrata a una empresa de mantenimiento, el artículo 10, apartado 12, le obliga a comprobar antes que tiene los certificados que exige el trabajo.

Las categorías del certificado de manipulación de gases fluorados cambiaron en 2024. El Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2215, en vigor desde el 29 de septiembre de 2024, puso fin al antiguo sistema de categorías I a IV para la refrigeración, la climatización y las bombas de calor fijas:

  • A1: todas las actividades, incluido el control de fugas, con gases fluorados e hidrocarburos.
  • A2: las mismas actividades en cargas menores: menos de 3 kg, o menos de 6 kg si el equipo está sellado herméticamente y etiquetado.
  • B y C: todas las actividades en sistemas de CO2 y de amoniaco.
  • D: solo recuperación, en cargas menores.
  • E: solo control de fugas, siempre que no haya que abrir el circuito frigorífico. Los antiguos titulares de la categoría IV pasan a la E.

Según el artículo 10, apartado 9, los Estados miembros deben exigir a las personas certificadas un curso de reciclaje o una evaluación al menos cada siete años, y tener ese régimen en marcha a más tardar el 12 de marzo de 2027. Los titulares de certificados expedidos con el antiguo Reglamento 517/2014 deben completar su primer reciclaje antes del 12 de marzo de 2029. Guarde una copia del número de certificado de cada técnico: figura en el registro de cada control que haga.

¿Cómo se controlan las fugas tras la derogación del Reglamento 1516/2007?

Durante casi veinte años, el Reglamento (CE) n.º 1516/2007 de la Comisión fijó el procedimiento normalizado de control de fugas para la refrigeración, la climatización y las bombas de calor fijas. El Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1444, de 2 de julio de 2026, lo derogó con efectos desde el 23 de julio de 2026, sin ningún texto que lo reemplace. Sus considerandos explican que la metodología ya no reflejaba la tecnología actual y que la habían superado métodos de control de fugas actualizados que se aplican en toda la Unión.

El propio Reglamento 2024/573 no fija ningún método ni enumera las partes que hay que revisar. El artículo 5, apartado 8, permite a la Comisión establecer esas reglas mediante un acto de ejecución, y no lo ha hecho. Quedan la obligación de controlar con la periodicidad exigida, el deber general del artículo 4, apartado 3, de adoptar todas las medidas técnica y económicamente viables para reducir al mínimo las fugas, y el registro de cada control.

Donde el método sigue presente es en la formación. El temario de examen del anexo I del Reglamento de Ejecución 2024/2215, sobre el que se evalúa a los técnicos certificados, lo sigue cubriendo: puntos de fuga potenciales, revisión del registro del equipo antes del control, inspección visual y manual de todo el sistema, métodos indirectos y directos, uso de un detector electrónico de fugas y cumplimentación del registro. En la práctica, un control bien hecho sigue estos pasos:

  1. Lea primero el registro. Busque fugas repetidas, recargas recurrentes y piezas que ya hayan fallado.
  2. Inspeccione todo el sistema a la vista y al tacto, con atención a las uniones, las válvulas y sus vástagos, las juntas (incluidas las de filtros y deshidratadores reemplazables), las partes sometidas a vibraciones y las conexiones a los dispositivos de seguridad y de funcionamiento.
  3. Aplique un método indirecto si los datos del equipo son fiables: presiones, temperaturas, intensidad del compresor, niveles de líquido o volúmenes de recarga, comparados con sus valores normales. Restos de aceite, corrosión, escarcha, ruidos o vibraciones anormales o un enfriamiento insuficiente son indicios de una posible fuga.
  4. Confirme con un método directo cada vez que se sospeche una fuga: un detector electrónico adecuado al refrigerante, o una solución jabonosa en el punto sospechoso. El tinte UV solo se introduce en el circuito si el fabricante lo permite y el técnico está certificado para abrir el circuito.
  5. Registre el resultado el mismo día: fecha, método, hallazgos y causa de la fuga, si la hay.

La derogación también suprimió la obligación, a escala de la UE, de controlar los equipos nuevos justo después de su puesta en servicio. Muchos operadores lo seguirán haciendo: un control en la puesta en marcha abre el registro del equipo y sirve de referencia para todos los controles posteriores. Su contrato de mantenimiento, su aseguradora o la normativa nacional pueden fijar además un método propio, así que conviene revisarlos también.

Después de una fuga: reparación y nuevo control

El artículo 4, apartado 5, exige reparar sin demora indebida la fuga detectada. Después, una persona certificada conforme al artículo 10 vuelve a controlar el equipo para confirmar que la reparación aguanta, no antes de 24 horas de funcionamiento tras la reparación y no más tarde de un mes. El mínimo de 24 horas rige para los equipos fijos; solo los móviles pueden volver a controlarse justo después de la reparación.

Anote la fuga, la reparación y el nuevo control como entradas separadas, cada una con su fecha y su resultado. El artículo 7, apartado 1, letra f), exige las fechas y los resultados de todos los controles y de todas las reparaciones de fugas. Indicar dónde estaba la fuga y qué la causó lleva un minuto in situ y le sirve al siguiente técnico cuando revise el registro antes de su control.

¿Qué debe contener el registro del control de fugas de un equipo fijo?

El artículo 7, apartado 1, fija el contenido, y sigue sin haber un modelo oficial: la Comisión no ha usado la facultad del artículo 7, apartado 6, para establecer un formato. Para cada equipo, el registro recoge la cantidad y el tipo de gas, el gas añadido y recuperado con sus fechas, el origen del gas reciclado o regenerado, quién hizo el trabajo con sus números de certificado, las fechas y los resultados de los controles y las reparaciones de fugas, y las medidas de recuperación y eliminación al desmantelar el equipo.

El operador conserva el registro durante al menos cinco años, y la empresa de mantenimiento guarda una copia durante el mismo plazo (artículo 7, apartado 2). Detallamos cada campo y las reglas de conservación en nuestro artículo sobre el Reglamento de gases fluorados 2024/573 y los registros de control de fugas.

Etiquetado de los equipos fijos con gases fluorados

Desde el 1 de enero de 2025, el artículo 12 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2174 definen la etiqueta. Debe indicar que el equipo contiene gases fluorados de efecto invernadero, la denominación industrial o el nombre químico del gas, su cantidad en peso y en t CO2 eq y su PCA, y señalar que el equipo está sellado herméticamente cuando sea el caso. La etiqueta va junto a los puertos de servicio o en la parte del equipo que contiene el gas, en la lengua oficial del Estado miembro.

Si se añade gas fuera de fábrica, la etiqueta debe dejar espacio para que el instalador anote la cantidad añadida y el total resultante. Un equipo reconvertido a otro gas debe reetiquetarse. Una foto de la etiqueta en cada visita deja constancia de lo que contenía el equipo ese día.

Fechas de 2026 y 2027 para enfriadoras, climatización y bombas de calor

  • Desde el 1 de enero de 2025: ya no pueden usarse gases fluorados con un PCA igual o superior a 2.500 para el mantenimiento de equipos de refrigeración, con excepciones limitadas como los equipos que enfrían por debajo de −50 °C (artículo 13, apartado 3). El gas regenerado o reciclado sigue permitido hasta el 1 de enero de 2030.
  • Desde el 1 de enero de 2026: la misma prohibición se extiende al mantenimiento de la climatización y las bombas de calor (artículo 13, apartado 4). El gas regenerado o reciclado sigue permitido hasta el 1 de enero de 2032.
  • A partir del 1 de enero de 2027: el anexo IV prohíbe comercializar enfriadoras nuevas de hasta 12 kW con gases fluorados de PCA igual o superior a 150, enfriadoras de más de 12 kW con PCA igual o superior a 750, equipos autónomos de climatización y bombas de calor de hasta 50 kW con PCA igual o superior a 150, y sistemas split aire-agua de hasta 12 kW con PCA igual o superior a 150, salvo que lo exijan los requisitos de seguridad del lugar de funcionamiento.
  • A más tardar el 12 de marzo de 2027: los Estados miembros deben tener en marcha el reciclaje cada siete años de los técnicos certificados.

Las prohibiciones del anexo IV afectan a los equipos nuevos que se comercializan. Las enfriadoras y los equipos de climatización existentes pueden seguir funcionando y recibir mantenimiento, dentro de las prohibiciones de mantenimiento anteriores. A medida que envejecen, suelen necesitar más reparaciones y recargas, y cada una va al registro.

Control de fugas de gases fluorados en el Reino Unido

Gran Bretaña no ha adoptado el Reglamento 2024/573. Inglaterra, Escocia y Gales siguen aplicando la versión retenida del Reglamento 517/2014, con frecuencias fijadas solo en t CO2 eq: al menos cada 12 meses desde 5 t CO2 eq, cada 6 meses desde 50 t y cada 3 meses desde 500 t, intervalos que se duplican con un sistema de detección de fugas. No hay umbral de 1 kg para los HFO ni regla de 3 kg en edificios residenciales. La copia británica del 1516/2007 no se ha derogado, así que el procedimiento detallado sigue en el derecho británico. Los técnicos del Reino Unido usan los certificados de categoría 1 a 4, y la categoría 4 cubre los controles de fugas que no exigen abrir el circuito. Consulte la guía del Gobierno británico sobre el control de fugas de los equipos con gases fluorados (en inglés).

Irlanda del Norte sigue las normas de la UE sobre gases fluorados en virtud del Marco de Windsor, así que allí se aplica el Reglamento 2024/573.

Cómo registrar los controles de fugas en salas de máquinas y cubiertas, incluso sin conexión

Las enfriadoras están en sótanos y salas de máquinas, los condensadores en las cubiertas y las centrales frigoríficas detrás de las cámaras. En esos lugares la cobertura suele ser débil o nula, y un control que se pasa a limpio después, en la furgoneta, tiende a perder detalles. Conviene plantear el control de fugas como un formulario en el que cada elemento sea un campo que el técnico rellena junto al equipo:

  1. Equipo: identificador y emplazamiento, con una foto de la placa de características y de la etiqueta de gases fluorados.
  2. Gas y carga: refrigerante, kg y t CO2 eq, y la periodicidad que le corresponde.
  3. Registro revisado: sí o no, y cualquier incidencia repetida en las entradas anteriores.
  4. Control: método (indirecto, directo o ambos), puntos revisados, resultado y una foto de la pantalla del detector o de las lecturas de los manómetros.
  5. Fuga y reparación: ubicación, causa si se conoce, reparación realizada y fecha del nuevo control.
  6. Movimientos de gas: cantidad añadida o recuperada, con una foto de la etiqueta de la botella y, para el gas reciclado o regenerado, el nombre de la instalación y su número de certificado.
  7. Quién y cuándo: nombre del técnico, categoría y número de su certificado, número de certificado de la empresa, firma, posición GPS y fecha y hora.

FormRift permite a sus técnicos rellenar estos campos in situ con formularios estandarizados, incluso sin conexión. Cada registro lleva las fotos de la placa, la etiqueta, los manómetros y la pantalla del detector, además de la posición GPS, la firma y la fecha y hora. Los datos se sincronizan en cuanto vuelve la red, la oficina ve en tiempo real lo que ocurre en todos los emplazamientos, cada entrada alimenta una pista de auditoría y los registros se pueden consultar durante cinco años y exportar en CSV. FormRift no es el portal F-gas, ni una base de datos de una autoridad nacional, ni un organismo de certificación, ni un sistema de detección de fugas del artículo 6. Usarlo no basta para cumplir el reglamento, y no ocupa el lugar de los técnicos certificados. Guarda los registros que generan sus controles. Consulte las funcionalidades y cómo se aplica a los equipos de gestión inmobiliaria e instalaciones y de logística y almacenamiento frigorífico.

Lista de comprobación del control de fugas en equipos fijos

  1. Haga inventario de todos los equipos por emplazamiento: enfriadoras, cámaras frigoríficas, centrales de refrigeración, equipos de climatización y bombas de calor.
  2. Lea la placa y la etiqueta de cada uno. Anote el tipo de gas y la carga, calcule las t CO2 eq y marque los equipos sellados herméticamente que quedan exentos.
  3. Fije la periodicidad de cada equipo según los tramos del artículo 5, apartado 6, y confirme que todo equipo de 500 t CO2 eq o más tiene un sistema de detección de fugas.
  4. Compruebe los certificados de sus técnicos: categoría A1, A2 o E para sistemas de HFC con el nuevo esquema de la UE, y la fecha en que a cada uno le toca el reciclaje.
  5. Acuerde el método de control con su empresa de mantenimiento, ahora que el Reglamento 1516/2007 ya no lo fija, y recójalo en el contrato.
  6. Revise el gas que usa frente a las prohibiciones de mantenimiento, sobre todo en climatización y bombas de calor con PCA igual o superior a 2.500 desde el 1 de enero de 2026.
  7. Use un único formulario de control de fugas que cubra todos los campos del artículo 7, apartado 1, y conserve cinco años de registros.

Preguntas frecuentes

¿Sigue en vigor el Reglamento 1516/2007?

No en la UE. El Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1444 lo derogó con efectos desde el 23 de julio de 2026, sin ningún texto que lo reemplace. El Reglamento 2024/573 sigue exigiendo controles de fugas periódicos de los equipos fijos, hechos por personas certificadas, pero ya no establece el método. Gran Bretaña conserva su copia retenida del 1516/2007, así que allí el procedimiento sigue en vigor.

¿Con qué periodicidad hay que controlar las fugas de una enfriadora?

Depende de la carga en t CO2 eq. Por debajo de 50 t CO2 eq, al menos cada 12 meses; de 50 a menos de 500 t, cada 6 meses; desde 500 t, cada 3 meses. Un sistema de detección de fugas duplica cada intervalo. Una enfriadora con 100 kg de R-134a contiene 143 t CO2 eq, así que necesita un control al menos cada 6 meses.

¿Quién puede hacer el control de fugas de una enfriadora?

Una persona física certificada conforme al artículo 10 del Reglamento 2024/573. Según el Reglamento de Ejecución 2024/2215, las categorías A1 y A2 (esta, solo en cargas pequeñas) cubren todos los trabajos en sistemas de HFC, y la categoría E, los controles de fugas que no exigen abrir el circuito. El certificado de la empresa no basta: quien hace el control necesita un certificado personal.

¿Es obligatorio un control de fugas tras la instalación?

En el derecho de la UE, no desde el 23 de julio de 2026. La obligación de controlar los equipos nuevos justo después de su puesta en servicio venía del Reglamento 1516/2007, ya derogado, y el Reglamento 2024/573 no recoge nada equivalente. Aun así, controlar en la puesta en marcha es una buena práctica: abre el registro del equipo y fija la referencia para los controles siguientes. Las normas británicas todavía lo exigen.

¿Cuántos kilos de refrigerante son 5 t CO2 eq?

Divida 5.000 entre el PCA del gas. Para el R-134a, con un PCA de 1.430 según el anexo I, 5 t CO2 eq son unos 3,5 kg. Para el R-32, con un PCA de 675, unos 7,4 kg. Los HFO de la sección 1 del anexo II tienen un umbral propio de 1 kg. La etiqueta del equipo indica la carga en kg y en t CO2 eq.

¿Un sistema de detección de fugas sustituye a los controles periódicos?

No. Un sistema de detección de fugas duplica el intervalo, por ejemplo de 3 a 6 meses a partir de 500 t CO2 eq, pero los controles se siguen haciendo. Es obligatorio en la refrigeración, la climatización, las bombas de calor y la protección contra incendios fijas de 500 t CO2 eq o más, y el propio sistema debe revisarse al menos una vez cada 12 meses.

¿Obligan las prohibiciones de 2027 a cambiar las enfriadoras existentes?

No. Las prohibiciones del anexo IV que se aplican desde el 1 de enero de 2027 afectan a la comercialización de enfriadoras nuevas y de ciertos equipos de climatización y bombas de calor. Los equipos existentes pueden seguir funcionando y recibir mantenimiento, dentro de las prohibiciones del artículo 13: desde 2026 ya no se puede usar gas virgen con PCA igual o superior a 2.500 en el mantenimiento de climatización y bombas de calor.

¿Son distintas las normas de control de fugas en el Reino Unido?

Sí, en Gran Bretaña. Allí se sigue aplicando la versión retenida del Reglamento 517/2014, con tramos solo en t CO2 eq, sin umbral de 1 kg para los HFO y con certificados de categoría 1 a 4. Los certificados del Reino Unido no son válidos para trabajar en la UE. Irlanda del Norte aplica el Reglamento 2024/573 en virtud del Marco de Windsor, es decir, las normas de la UE descritas arriba.

En resumen

En los equipos fijos siguen igual los umbrales, las frecuencias, la exigencia de técnicos certificados y los registros de cinco años. En 2026 la UE dejó de dictar el método, y eso da más peso a lo que recoge cada control: los puntos revisados, el método empleado, el resultado y las pruebas que lo respaldan. Acuerde el método con su empresa de mantenimiento y registre cada control junto al equipo, el mismo día.

Así, las inspecciones, auditorías y reportes se apoyan en registros que se sostienen, sobre una base de simplicidad, trazabilidad y seguridad.

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