A producer sits beside stacked crates of freshly harvested avocados under an avocado tree in an orchard in Peru
Cumplimiento

Certificación SENASA del lugar de producción 2026: los registros que se llevan en campo

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FormRiftFormRift Team
14 min de lectura

El 14 de enero de 2026, El Peruano publicó la Resolución Directoral N° D000002-2026-MIDAGRI-SENASA-DSV. Con ella, el SENASA aprueba las nuevas «Medidas fitosanitarias para la certificación de lugares de producción, transporte y certificación fitosanitaria de plantas de tratamiento y/o empaque y centros de inspección para exportación». Para un productor agroexportador, el texto fija qué registros debe llevar en campo mientras su lugar de producción está certificado, y qué revisa el inspector cuando llega a supervisarlo.

¿Qué es la RD D000002-2026-MIDAGRI-SENASA-DSV?

Es una resolución de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA, firmada en La Molina el 9 de enero de 2026. Aprueba como anexo un documento técnico de medidas fitosanitarias que cubre tres etapas de la cadena exportadora:

  • la inspección y certificación fitosanitaria del lugar de producción (LP);
  • el traslado de los productos vegetales destinados a la exportación;
  • la certificación de empacadoras, plantas de tratamiento y empaque (PTE) y centros de inspección.

El artículo 3 deja sin efecto cualquier disposición que se le oponga. El artículo 2 prevé que los registros y anexos se actualicen según los requisitos de los países importadores o las disposiciones del propio SENASA, y se publiquen en la sede digital del SENASA (gob.pe/senasa). Eso ya ocurrió: el formato del Anexo 1.2 publicado en gob.pe va por su versión 3, del 21 de julio de 2026.

¿A quién se aplica?

Según su alcance, el documento es de cumplimiento obligatorio para productores agrícolas, acopiadores, exportadores, empacadoras, plantas de tratamiento, centros de inspección, almacenes y transportistas que participan en la cadena exportadora, cuando se exportan productos de las categorías de riesgo 2 y 3 de la NIMF N° 32.

La certificación del lugar de producción es obligatoria para los productos identificados en el Anexo 1.4 del documento, y la exigen algunos países con los que el Perú ha suscrito un plan de trabajo o un protocolo fitosanitario, según los requisitos de cada país importador. Esos planes y el Anexo 1.4 pueden añadir requisitos propios de cada cultivo, y los Anexos 1.5 A y 1.5 B fijan las tolerancias de plagas por encima de las cuales el LP no se certifica: lo que sigue es la base general. El texto define el lugar de producción como cualquier local o agrupación de campos operados como una sola unidad de producción agrícola.

Antes de la certificación: lo que el productor prepara

El numeral 8.1.1 enumera lo que el productor debe tener listo antes de pedir la certificación:

  • Implementar el manejo integrado de plagas (MIP), incluido el monitoreo de plagas, con los lineamientos del Anexo 1.1 A (o el 1.1 B para espárrago).
  • No tener actas de fiscalización pendientes por incumplir el control de moscas de la fruta.
  • Asistir, el productor o su responsable técnico, al menos a una charla del SENASA sobre la certificación.
  • Si certifica por primera vez, acudir al SENASA un mes antes de la solicitud de certificación con la declaración jurada de productor (Anexo 1.1 C), con sus áreas de cultivo de exportación y un número de teléfono. Con ella obtiene el código único de LP. La declaración se actualiza al inicio de cada temporada de exportación, también un mes antes de la solicitud.
  • Para cultivos hospedantes de moscas de la fruta, comprobar que el índice mosca/trampa/día (MTD) de su LP no supera el máximo de su región.

La solicitud se presenta por la VUCE, idealmente un mes antes del inicio de la cosecha. Además del formulario y el pago de la tasa, pide un croquis de caminos y una descripción de las prácticas fitosanitarias habituales del campo. Si el terreno es arrendado, se adjunta copia legalizada del contrato. El SENASA recomienda acompañarla de un mapa con la ubicación, el acceso y los lotes debidamente identificados.

Durante la inspección, el inspector evalúa frutos caídos y frutos en planta. Si encuentra fruta infestada por mosca de la fruta, el LP no se certifica, aunque el MTD esté por debajo del límite. El inspector anota en su informe de evaluación (Anexo 1.3 A), firmado por el productor y por él, el rendimiento y el volumen autorizado. El certificado vale durante el tiempo de cosecha y la temporada de exportación.

Durante la certificación: los registros que hay que llevar

Mientras el certificado está vigente, el productor debe mantener las condiciones fitosanitarias con las que fue certificado. El texto fija dos registros, el de manejo integrado de plagas (con los formatos 1.2 A y 1.2 B) y el de volúmenes de cosecha, y una práctica que deja huella en la supervisión.

Registro de manejo integrado de plagas, «virtual o físico»

El productor debe contar con los registros del manejo integrado de plagas, «virtual o físico», incluido el monitoreo de plagas. En ellos especifica las aplicaciones fitosanitarias y los métodos de control, tomando como referencia los Anexos 1.2 A y 1.2 B, y los presenta al inspector del SENASA o a cualquier autoridad oficial que visite el LP para una supervisión o una auditoría.

El texto admite expresamente un registro «virtual o físico», tomando como referencia los Anexos 1.2 A y 1.2 B, y en la supervisión el check list verifica que esté «según formato aprobado por SENASA». Los dos formatos deben ir firmados por el representante del lugar de producción: si lleva el registro en digital, confirme con la Dirección Ejecutiva del SENASA de su zona que acepta una firma electrónica.

Anexo 1.2 A: aplicación de plaguicidas

El formato del Anexo 1.2 A registra las aplicaciones de plaguicidas químicos y biológicos. La cabecera identifica el nombre del lugar de producción, el código SENASA del LP, la Dirección Ejecutiva, el número de lote, la provincia y el distrito, el cultivo, la variedad y el área en hectáreas. Cada aplicación lleva:

  • Fecha
  • Fase fenológica
  • Plaga
  • Producto comercial a aplicar
  • Ingrediente activo o agente biológico
  • Dosis
  • Observaciones

Al pie, firma el responsable del lugar de producción, con su nombre y DNI.

Anexo 1.2 B: medidas de control de plagas

El Anexo 1.2 B usa la misma cabecera y registra las demás medidas de control de plagas, con la frecuencia de control, lectura o ejecución de cada una: el «recojo y entierro de frutos», las trampas de luz instaladas, las trampas con cebos tóxicos, las trampas pegantes, la liberación de controladores biológicos y otras medidas. Igual que el 1.2 A, debe ir firmado por el representante del lugar de producción.

Registro de control de volúmenes de cosecha

El productor debe llevar un registro de los volúmenes cosechados con, para cada cosecha:

  • el lote o la parcela del LP;
  • la fecha y la hora de cosecha;
  • la empresa exportadora a la que vende el producto;
  • el número de la guía de remisión correspondiente.

El total cosechado no puede superar el volumen autorizado por el SENASA, que el inspector calcula a partir del rendimiento al certificar el LP. Un matiz importante: el texto llama a este registro «registro manual», y a diferencia del registro MIP no dice que pueda ser virtual. Si quiere llevarlo en formato digital, confírmelo con la Dirección Ejecutiva del SENASA de su zona.

Aparte de este registro, el productor debe inscribirse en el sistema de trazabilidad del SENASA en cuanto su LP queda certificado, con el teléfono que indicó en su declaración jurada, para los cultivos en que el Anexo 1.4 lo exige, y asistir a las charlas del SENASA sobre ese sistema. El sistema registra las guías de remisión de cada cosecha, el RUC del exportador, el número de envases y el peso total.

Fruta caída: eliminarla al menos cada 7 días

En frutales, el productor debe eliminar la fruta caída al suelo al menos cada siete días calendario, porque puede ser fuente de infestación de plagas cuarentenarias. Esa fruta no se exporta. Además, el producto debe empacarse preferentemente dentro de las 24 horas posteriores a la cosecha.

Al terminar la vigencia del certificado, el LP debe quedar libre de frutos remanentes y con el control de plagas en marcha. El SENASA lo verifica, y de ello depende la certificación de la campaña siguiente.

Traslado y empacadoras: guías de remisión durante 2 años

El producto viaja del campo a la empacadora con una guía de remisión de la SUNAT, física o electrónica, que debe indicar el nombre del productor, el código del LP, el nombre y el RUC del exportador, el número de envases y el peso total. El vehículo debe ir protegido con «mallas o carpas a prueba de insectos». Si una misma carga reúne producto de varios lugares de producción, cada caja cosechera debe identificarse con el código de su LP.

En la empacadora o la PTE, las guías de remisión u otros documentos que ampararon el ingreso del producto se archivan de forma ordenada, en físico o en digital, durante un mínimo de dos años, a disposición del SENASA y de las organizaciones de protección fitosanitaria de los países importadores. Las grabaciones de videovigilancia de las zonas de muestreo, inspección y embarque se conservan al menos 60 días.

¿Qué revisa el SENASA en la visita de supervisión?

Todas las actividades del productor se supervisan periódicamente durante la temporada de exportación con el Anexo 1.2 C, el check list de evaluación y supervisión del lugar de producción certificado. El formato tiene dos partes.

Condiciones generales del lugar de producción. Entre otros puntos, el inspector comprueba:

  • si hay fruta caída en la parcela: más del 10 % del área con fruta en el suelo de aparentemente más de 7 días lleva a la suspensión;
  • si la fruta recogida está cubierta con al menos 30 cm de tierra;
  • si hay fruta infestada por mosca de la fruta, en planta o en suelo (suspensión);
  • si la trampa oficial muestra indicios de manipulación (suspensión);
  • si hay trampas caseras a menos de 60 metros de la trampa oficial;
  • si las trampas caseras están distribuidas de forma uniforme, con un mínimo de 40 por hectárea y un atrayente activo;
  • si se controla la mosca de la fruta en otros hospedantes dentro del LP;
  • si hay malezas que impidan ver la fruta en el suelo, si se hacen podas sanitarias y si los lotes o bloques tienen un sistema de referencia visual;
  • en palta (aguacate), si hay órganos infestados por Stenoma catenifer (suspensión).

Varios de estos puntos indican «incluir fotografías» como respaldo de lo observado.

Sistema de registro e información. El inspector verifica que el productor cuenta con:

  • un registro de cosechas con los números de guía de remisión, las cantidades cosechadas y la empresa compradora;
  • un registro actualizado de medidas de control de plagas, según el formato aprobado por el SENASA (Anexos 1.2 A y 1.2 B);
  • un mapa de instalación de las trampas de monitoreo de moscas de la fruta;
  • un registro de evaluación y mantenimiento de las trampas caseras.

El dictamen final puede ser la aprobación o recomendación, la suspensión por un período determinado, la cancelación o el levantamiento de una suspensión anterior.

Cómo llevar estos registros en campo sin conexión

Los registros MIP se llenan donde está el cultivo, lote por lote, y en muchos campos la señal no llega a todas las parcelas. Lo que el inspector quiere ver es un registro completo, al día y coherente con lo que encuentra en campo.

  • Cree un formulario por anexo que copie los campos del Anexo 1.2 A y del 1.2 B, con los datos de cabecera del LP: código SENASA, Dirección Ejecutiva, cultivo, variedad y lotes.
  • Registre cada aplicación en el lote, en el momento: fecha, fase fenológica, plaga, producto, ingrediente activo y dosis, con la firma del responsable.
  • Registre cada retiro de fruta caída con su fecha. Así demuestra el ritmo de 7 días sin reconstruirlo después.
  • Adjunte fotos y ubicación GPS a las lecturas de trampas y al retiro de fruta, el mismo tipo de evidencia fotográfica que el inspector adjunta al check list.
  • Lleve el mapa de trampas y su registro de evaluación en el mismo lugar que el resto, para presentarlo junto en la supervisión.

FormRift sirve para esto: sus equipos llenan los formularios en el teléfono, con GPS, fotos, fecha y hora, y firma, incluso sin cobertura, y los datos se sincronizan en cuanto vuelve la red. Cada registro queda con su historial, y puede exportarse en PDF o CSV para presentarlo al inspector. FormRift no sustituye al sistema de trazabilidad del SENASA ni a la VUCE: conserva los registros de campo que el SENASA revisa. Vea las funcionalidades y su uso para equipos agrícolas.

¿Y si exporta café o cacao a la Unión Europea?

La certificación del SENASA no es la única exigencia de campo para los exportadores. El Reglamento europeo de deforestación (EUDR) se aplica desde el 30 de diciembre de 2026 a los grandes y medianos operadores, y cubre, entre otras materias primas, el café y el cacao. El importador europeo debe poder vincular cada lote a las coordenadas de geolocalización de las parcelas donde se produjo, y esas coordenadas se toman en campo. Nuestro artículo sobre la geolocalización de parcelas en el EUDR trata de la madera y el ganado bovino, pero la regla de geolocalización de parcelas que explica para la madera es la misma que se aplica al café y al cacao.

Preguntas frecuentes

¿Qué norma regula la certificación SENASA del lugar de producción en 2026?

La Resolución Directoral N° D000002-2026-MIDAGRI-SENASA-DSV, publicada en El Peruano el 14 de enero de 2026. Aprueba las «Medidas fitosanitarias para la certificación de lugares de producción, transporte y certificación fitosanitaria de plantas de tratamiento y/o empaque y centros de inspección para exportación», y deja sin efecto cualquier disposición que se le oponga.

¿Se pueden llevar los registros de manejo de plagas en formato digital?

Sí. El numeral 8.1.1 dice que el productor debe contar con los registros del manejo integrado de plagas, «virtual o físico», incluido el monitoreo, tomando como referencia los Anexos 1.2 A y 1.2 B. El registro de volúmenes de cosecha es distinto: el texto lo llama «registro manual», así que conviene confirmar con el SENASA antes de llevarlo en digital.

¿Qué campos tiene el registro de aplicación de plaguicidas (Anexo 1.2 A)?

La cabecera identifica el lugar de producción, su código SENASA, la Dirección Ejecutiva, el lote, la provincia y el distrito, el cultivo, la variedad y el área. Cada aplicación registra la fecha, la fase fenológica, la plaga, el producto comercial, el ingrediente activo o agente biológico, la dosis y las observaciones. Firma el responsable del lugar de producción, con nombre y DNI.

¿Cada cuánto hay que eliminar la fruta caída?

Al menos cada siete días calendario, según el numeral 8.1.1. Esa fruta no puede exportarse. En la supervisión, más del 10 % del área con fruta caída de aparentemente más de siete días lleva a la suspensión del lugar de producción, según el check list del Anexo 1.2 C.

¿Cuánto tiempo guarda la empacadora las guías de remisión?

Un mínimo de dos años. La empacadora o planta de tratamiento y empaque archiva de forma ordenada, en físico o en digital, las guías de remisión u otros documentos que ampararon el ingreso del producto, a disposición del SENASA y de las organizaciones de protección fitosanitaria de los países importadores.

¿Qué pasa si la supervisión encuentra incumplimientos?

El check list del Anexo 1.2 C termina en un dictamen: aprobación o recomendación, suspensión por un período determinado, cancelación o levantamiento de una suspensión anterior. Puntos como la fruta infestada por mosca de la fruta o la manipulación de la trampa oficial llevan directamente a la suspensión.

Fuentes oficiales

En resumen

La certificación del lugar de producción se gana en la inspección, pero se mantiene con los registros de toda la campaña: aplicaciones, control de plagas, cosechas y fruta caída, al día y por lote. El SENASA acepta los registros de manejo de plagas en formato digital, así que pueden llenarse en el lote, en el momento, con evidencia que respalde lo que verá el inspector.

Así, las inspecciones, auditorías y reportes se apoyan en registros que se sostienen, sobre una base de simplicidad, trazabilidad y seguridad.

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